La Comisión de Constitución y Reglamento
del Congreso de la República, del cual dignamente soy miembro titular, logró
impulsar la Promulgación de la Ley 30717 "Ley que Modifica La Ley 26859,
Ley Orgánica de Elecciones, la Ley 27683, Ley de Elecciones Regionales, y la
Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales, con la finalidad de promover la
idoneidad de los candidatos a cargos públicos representativos”.
Esta norma impedirá que en nuestros próximos comicios electorales, las personas condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión de delito doloso. En el caso de las personas condenadas en calidad de autoras por la comisión de los tipos penales referidos al terrorismo, apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas o violación de la libertad sexual; el impedimento resulta aplicable aun cuando hubieran sido rehabilitadas.
Esta norma impedirá que en nuestros próximos comicios electorales, las personas condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión de delito doloso. En el caso de las personas condenadas en calidad de autoras por la comisión de los tipos penales referidos al terrorismo, apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas o violación de la libertad sexual; el impedimento resulta aplicable aun cuando hubieran sido rehabilitadas.
Asimismo es aplicable para las personas que, por su
condición de funcionarios y servidores públicos, son condenadas a pena
privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o
ejecutoriada, por la comisión, en calidad de autoras, de delitos dolosos de
colusión, peculado o corrupción de funcionarios; aun cuando hubieran sido
rehabilitadas.